domingo, 29 de julio de 2018

EMPIEZAN LAS MULTAS A ESPAÑA POR LAS DEPURADORAS SIN CONSTRUIR....


LA CATADURA MORAL DEL PSOE DE CASARRUBIOS DEL MONTE CON LOS PROPIETARIOS DE LOS INMUEBLES FUERA DE ORDENACIÓN

JESÚS GARCÍA DE MINGO
SECRET. GRAL.
GRUPO INDEPENDIENTE
CALYPO FADO
Ayer publicamos el estudio que hemos realizado en el GRUPO INDEPENDIENTE DE CALYPO FADO respecto al número de inmuebles que el PSOE, la concejala no Adscrita y el concejal de IU/PODEMOS proponen dejar fuera de Ordenación en el P.O.M. en tramitación.

Ahora bien, lo cierto es que esta es la penúltima versión que el PSOE ha elaborado y distribuido pero que todavía está sin realizar la preceptiva exposición al público para que los vecinos afectados puedan realizar alegaciones.

Por eso debemos advertir que el número de inmuebles afectados ES MAYOR.

Y esto porque la última propuesta de P.O.M aprobada inicialmente  en el Pleno por el PSOE data del año 2012 y fue la que se remitió a la Consejería de Urbanísmo para el informe previo y vinculante, que nunca se emitió por que dicha propuesta era un cúmulo de despropósitos y aberraciones urbanísticas, además de enviarse sin la documentación completa.

Por eso al día de hoy desconocemos el número real de viviendas afectadas, aunque son MUCHAS MÁS, sin que el PSOE las haga públicas, lo que acredita su catadura moral para con los vecinos/as a los que quiere dejar con esta tara urbanística.

Como habéis podido comprobar el 99% de los edificios que el Ayuntamiento pretende dejar fuera de ordenación fueron construidos hace menos de 14 años,incluso varios fueron construidos hace 9 años. ¿Os parece lógico?.

Para dejar claro de lo que estamos hablando vamos a aclarar un poco el tema.

¿Que es una vivienda fuera de Ordenación?.

Básicamente es aquella que no es conforme al nuevo planeamiento urbanístico definitivamente aprobado, es decir es un inmueble que contradice la normativa urbanística aprobada.

¿Que efectos tiene esta declaración?:

Esta declaración es muy perjudicial para los propietarios a efectos de sus derechos en varios sentidos.

1º.-DISMINUYE LA valoración de estos inmuebles  y supone que su valor se reduzca en proporción al tiempo transcurrido de su vida útil. Es decir cuanto más tiempo pase menos vale de forma automática. 

2º.- En caso de que se produzca un evento que dañe el edificio y se declare ruina ( incencio, derrumbre..)al estar fuera de ordenación podrían impedirnos reconstruir o reparar el edificio, si por ejemplo el edificio se quema, no nos van a permitir su reedificación, ya que irían en contra de la propia normativa.

3º.-Difícilmente un Banco hipotecará un bien con esta tara urbanística y si la tiene sera misión casi imposible renegociar la hipoteca con el Banco.

4º.- Lógicamente esta declaración de fuera de Ordenación, como tara urbanística del bien repercutirá muy negativamente sobre el precio, en caso de que se intente vender. 

¿Quién va a comprar un piso que con el paso de los años valdrá cada vez menos con independencia del precio de mercado o del ciclo inmobiliario?


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